Subió entusiasmada a un colectivo, junto a sus compañeros de curso, con destino a Bariloche. Pero el viaje se convertiría en una pesadilla mucho antes de llegar a destino ya que tres estudiantes abusarían sexualmente de ella en un asiento trasero del micro. Si bien el hecho ocurrió hace dos años, el juez en lo Penal y de Menores Mario Velázquez dispuso esta semana que la causa sea elevada a juicio oral.
La víctima era alumna en ese entonces de una institución educativa de Monteros. El 12 de agosto de 2014 partió rumbo a Bariloche de viaje de egresados. Tanto ella como los más de 40 adolescentes que estaban en el ómnibus tenían 17 años. También viajaban en ese colectivo tres padres y coordinadores de la empresa que habían contratado.
Lo que pasó en la ruta fue reconstruido por el fiscal de Instrucción de la II° Nominación Jorge Carrasco en la requisitoria de elevación a juicio que lleva su firma. El representante del Ministerio Público, luego de analizar las pruebas reunidas durante la investigación del caso, consideró que había elementos de convicción suficientes para sostener la acusación en contra de los tres los imputados. Además, resolvió que la conducta de los jóvenes se encuadra en el delito de abuso sexual con acceso carnal.
De acuerdo a la información que reunió el fiscal, la víctima fue abusada sexualmente en un asiento de la parte trasera del ómnibus. Los imputados habrían aprovechado que en ese momento la jovencita se encontraba “en estado de ebriedad y sin poder consentir libremente su accionar”.
Las pruebas
A la hora de disponer la elevación a juicio oral, el juez Velázquez valoró la declaración de la menor en Cámara Gesell. “Fue suficientemente clara y contundente para afirmar que se trató de un acto sexual llevado a cabo sin su voluntad, ya que se encontraba bajo los efectos del alcohol”, resolvió el magistrado. “Luego del hecho no recordaba nada de lo sucedido, enterándose de todo al ser informada por sus compañeras y amigas, lo que le provocó un gran desconcierto y depresión que la llevó a interrumpir su viaje”, agregó Velázquez.
Las pericias también son contundentes y confirman que la jovencita sufrió un abuso sexual. En el examen del laboratorio toxicológico de la Policía se detectó la presencia de semen en cantidad de vestigios en las ropas íntimas de la víctima.
“Absurdo”
Por su parte, la defensa de los imputados había pedido el sobreseimiento. El argumento utilizado era que la propia víctima los buscó para mantener la relación sexual y que los jóvenes “desconocían el estado de embriaguez en el que se encontraba la muchacha”. Al mismo tiempo, la defensa atacó a la alumna sosteniendo que tenía comportamientos de una persona “promiscua” y que, en el momento del hecho en cuestión, sufrió “un trastorno temporal obsesivo compulsivo con el acto sexual”.
Ese planteo fue rechazado por Velázquez, quien recordó que “de los avances de la doctrina y jurisprudencia surgió que los delitos de comisión sexual no atacan la honestidad de la víctima sino su libertad e integridad. Que la víctima de un delito sexual sea promiscua, liberal, o que incluso haga de la actividad sexual su medio de vida, no la deja afuera de la protección que el Código Penal brinda a la libertad de elegir con quién, cuándo, cómo y dónde tendrá relaciones íntimas”, observó el juez.
En ese sentido, el planteo esgrimido por la defensa mereció una severa observación del magistrado, quien lo consideró “absolutamente absurdo”. Además, exhortó al abogado defensor en cuestión a que en lo sucesivo “se abstenga de manifestar expresiones descalificantes y/o ofensivas o injuriantes ante las partes que participen en los procesos en los que él participe bajo apercibimiento de, ante la reiteración, comunicar al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados”.
Resta conocer ahora la fecha en que iniciará el debate donde los tres jóvenes serán juzgados.